El Juzgado Contencioso Administrativo N° 1 rechazó la medida cautelar presentada por la concejal Cecilia Giammaria contra la Tasa de Mantenimiento Vial de Ramallo. La resolución, dictada por la jueza María Isabel Fulgheri, desestimó el pedido para suspender provisoriamente el cobro del tributo.
El fallo dispuso “no hacer lugar a la cautelar actoral” y estableció las costas del proceso a cargo de la parte actora, al considerar que resultó vencida en esta instancia.
La resolución no implica, según explicó Giammaria, una definición sobre la constitucionalidad o legalidad de la tasa. “Se rechazó la medida provisoria, pero no se resolvió la legalidad de la tasa”, señaló la concejal.
La edil explicó que el juzgado consideró necesario un proceso más amplio para analizar la cuestión de fondo, con mayor debate y producción de pruebas. Entre los aspectos a determinar se encuentra la existencia de una contraprestación concreta vinculada al cobro.
Giammaria cuestiona además si el tributo reúne las características de una tasa o si podría tratarse de un impuesto encubierto. “No se expide sobre la cuestión de fondo”, sostuvo.
La concejal confirmó que apelará la resolución junto con su abogada. Según indicó, fueron notificadas recientemente y cuentan con plazo hasta el lunes para presentar el recurso ante la instancia correspondiente.
La tasa, que establece un recargo del 2 % sobre combustibles y GNC comercializados en Ramallo, continuará vigente mientras avanza la discusión judicial.