El pasado 23 de mayo, el intendente Mauro David Poletti, en representación de los vecinos de Ramallo, se presentó en la Justicia Federal e interpuso una acción de amparo contra la Dirección Nacional de Vialidad (D.N.V.) y Corredores Viales S.A. a fin de lograr que procedan a la reparación de la Ruta nacional Nº 9 a la altura del cruce con Ruta 51 en el Partido de Ramallo, y luego de intimados los organismos del Estado nacional para que se presente en juicio a ejercer su derecho de Defensa, analizadas las presentaciones de cada parte, el Juez a cargo del Juzgado Federal de San Nicolás 1 Secretaría 2 con asiento en la ciudad de San Nicolás en fecha 17 de julio del corriente resolvió en primera instancia fallar la cuestión en favor del Intendente Municipal haciendo lugar a la medida solicitada.
De esta manera, se ordena a la Dirección Nacional de Vialidad y a Corredores Viales S.A. para que en forma coordinada y conjunta ejecuten las tareas de reparación en el tramo indicado debiendo iniciar las tareas en el término de diez días, acreditar en el Juzgado la iniciación de las mismas y contando con un plazo de tres meses para concluir la obra encomendada con la obligación de presentar un informe mensual del avance de obra.
Esta resolución resulta sumamente importante atento que *más allá de ser la primera alcanzada en un Distrito de la Provincia de Buenos Aires, el Juez ciertamente desconoce la intención del Gobierno Nacional en la que por Decreto recientemente firmado pretende desmantelar a la Dirección Nacional de Vialidad e iniciar un proceso de privatización en relación a la Ruta Nacional y les ordena reparar definitivamente el sector dañado que se encuentra dentro del Partido de Ramallo.
Por último, el fallo confirma que, contrariamente a las declaraciones mal intencionadas e infundadas efectuadas por una legisladora de la Provincia de Buenos Aires que representa al Gobierno Nacional, la Ruta Nacional Nº9 junto a los puentes y accesos es competencia y responsabilidad pura y exclusiva del Ejecutivo Nacional estando vedado al Municipio intervenir en dicha área.