Entrevista

“Trabajar en la regularización dominial de medio millón de familias es hacer Justicia Social”

Nicolás Terrera, subsecretario social de Tierras de la Provincia.
Nicolás Terrera, subsecretario social de Tierras de la Provincia.

LA PLATA, Junio 06 (www.RamalloCiudad.com.ar) La Subsecretaría Social de Tierras del Ministerio de Infraestructura de la provincia de Buenos Aires tiene por objetivos la regularización urbana y dominial, la titularización de inmuebles y la escrituración social, entre otras actividades como la ejecución del Programa Mejoramiento de Barrios (Promeba).

 

El responsable de esa área desde el inicio de esta gestión de Gobierno, Nicolás Terrera, quien destacó la impronta que Daniel Scioli, al asumir, decidió darle a la Subsecretaría Social de Tierras: “A partir del 10 de diciembre de 2007, el Gobernador tomó a la política de regularización dominial como un eje vital de la gestión, que implica trasladar dignidad y justicia social y que tiene impacto en la seguridad de los barrios y la calidad de vida”.

 

El funcionario destaca que, en las múltiples tareas que realiza la Subsecretaría, el eje central es la regularización dominial (en el marco de la Ley 24. 374) y el Programa Mejoramiento de Barrios.

 

“Básicamente, tenemos tres programas: uno exclusivamente para el Interior, que es el “Plan Familia Propietaria”; otro para el Conurbano, con el que tenemos intervención en los asentamientos; y uno general con la ley 24.374. Lo que tiene en particular esta ley es que fue sancionada en 1994 y le permitió a más de 180 mil familias regularizar su situación, porque no había otra forma de hacerlo sino a través de esta ley, o si no por un juicio de usucapión, que por tiempos y costos era imposible para las familias”, explica Terrera.

 

La ley a la que hace mención es una herramienta clave para el área. Establece que “gozarán de los beneficios de esta ley los ocupantes que, con causa lícita, acrediten la posesión pública, pacífica y continua durante tres años con anterioridad al 1ro de enero de 2009, respecto de los inmuebles edificados que tengan como destino principal el de casa habitación única y permanente, y reúnan las características previstas en la reglamentación”.

 

En rigor, la Ley 24.374 permite que las familias que cumplan los requisitos y estén habitando su vivienda desde antes del 31 de diciembre de 2005 podrán iniciar el trámite de regularización dominial.

 

La ley data de los primeros años de la década del 90, pero Scioli impulsó la modificación del artículo 1ro que la hizo extensiva a cientos de miles de familias. Según números que maneja la Subsecretaría Social de Tierras, tras la modificación, entre 400 y 500 mil nuevas familias podrán acceder a la titularización de su inmueble a través de esta Ley.

 

Terrera lo explica: “Por gestiones del gobernador Scioli, que nos puso en diálogo con diputados y senadores nacionales que entendían la problemática de tierras, se modificó el anclaje de la Ley 24.374 que en ese entonces establecía que los futuros beneficiarios tuvieran la posesión continua, pacífica y de causa lícita desde antes del 1ro de enero de 1992 y tres años antes, es decir, al 1ro de enero del 1989. Ya en el 95, cuando se reglamenta la ley, se empieza a trabajar con la operatoria y muchos futuros beneficiarios consultaban y no cerraban con el anclaje, no reunían los requerimientos de plazos”. Por eso, en ese entonces, miles de personas quedaban excluidos de la ley al intentar gestionar sus dominios a partir de 1991 o 1992.

 

“Imagínense entonces que al año 2008, cuando Scioli impulsa la modificación, ya habían pasado 12 años siendo decenas de miles las personas perjudicadas”, subraya Terrera.

 

La media sanción del Senado fue el 16 de diciembre de 2008, la de Diputados el 13 de marzo y el 3 de abril se publicó en el Boletín Oficial “y sin perder tiempo, el 4 de abril, estábamos tomando trámites en un pueblo de Mercedes, un día sábado, donde llegaron unas 250 familias que cuadraban en la ley modificada”, recuerda Terrera para ejemplificar la relevancia de la normativa.

 

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