En el marco de una causa penal, la Justicia ordenó la suspensión inmediata de todas las obras, desmontes y movimientos de suelo que se venían realizando en la zona conocida como Costa Pobre, vinculadas al proyecto denominado “Puerto Multimodal Ramallo”. La medida fue dispuesta a través de una cautelar de “no innovar”, a partir de una presentación realizada por vecinos y vecinas del lugar junto a la organización Unidos por la Vida y el Medio Ambiente (UPVA).
La resolución judicial establece el cese total de las actividades hasta tanto se presenten y aprueben las autorizaciones legales correspondientes, entre ellas la Declaración de Impacto Ambiental, exigida por la Ley Provincial N° 11.723, la Ley Nacional de Bosques Nativos N° 26.331 y su adhesión provincial, además de otros permisos provinciales y nacionales requeridos para emprendimientos de esta magnitud.
Desde UPVA remarcaron que la normativa ambiental vigente exige de manera obligatoria la realización de una Audiencia Pública como parte del proceso de Evaluación de Impacto Ambiental, instancia que nunca fue convocada en Ramallo. Esta omisión vulnera el derecho de la ciudadanía a participar en decisiones que afectan su territorio y refuerza la ilegalidad de las obras ejecutadas.
La Justicia valoró la gravedad de los hechos denunciados, el peligro en la demora y la verosimilitud del derecho invocado, priorizando la protección del ambiente, los bienes comunes y los derechos de las familias que habitan una zona reconocida como bosque nativo y humedal.